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Conceptos básicos de Seguros

El seguro es un contrato mediante el cual una de las partes, el asegurador, se obliga, a cambio del pago de una prima, a indemnizar a la otra parte, dentro de los limites convenidos, de una perdida o un daño producido por un acontecimiento incierto, o a pagar un capital o una renta, si ocurre la eventualidad prevista en el contrato.

 

Son elementos esenciales del contrato de seguro:

  1. El asegurador
  2. El solicitante
  3. El interés asegurable
  4. El riesgo asegurable
  5. El monto asegurado o el límite de responsabilidad del asegurador, según el caso;
  6. La prima o precio del seguro; y,
  7. La obligación del asegurador, de efectuar el pago del seguro en todo o en parte, según la extensión del siniestro.

Elementos esenciales de un contrato son “aquellas cosas sin las cuales, o no surte efecto alguno, o degenera en un contrato diferente”

En consecuencia, todo contrato de seguros en que falte cualquiera de los elementos aquí enumerados está sancionado con la nulidad absoluta. Es decir, que no existe contrato se seguro sino convenio de otra clase.

 

 

Son elementos esenciales del contrato de seguro:

  1. El asegurador
  2. El solicitante
  3. El interés asegurable
  4. El riesgo asegurable
  5. El monto asegurado o el límite de responsabilidad del asegurador, según el caso;
  6. La prima o precio del seguro; y,
  7. La obligación del asegurador, de efectuar el pago del seguro en todo o en parte, según la extensión del siniestro.

Elementos esenciales de un contrato son “aquellas cosas sin las cuales, o no surte efecto alguno, o degenera en un contrato diferente”

En consecuencia, todo contrato de seguros en que falte cualquiera de los elementos aquí enumerados está sancionado con la nulidad absoluta. Es decir, que no existe contrato se seguro sino convenio de otra clase.

 

 

El contrato de Seguros es, por naturaleza un contrato bilateral, oneroso, principal, conmutativo y aleatorio.

Bilateral, porque tanto el asegurador como el asegurado se obligan recíprocamente, éste a pagar una prima, y aquel a pagar una indemnización si ocurre la eventualidad prevista en el contrato, es decir el siniestro .

Es oneroso por cuanto las partes reciben una utilidad al proteger el bien u objeto que asegura.

El contrato es principal, porque su existencia no depende de la de otro y tiene su propia autonomía. No obstante, este principio no se aplica a los seguros de fianza porque estos son siempre accesorios a un contrato principal que les de origen. Al tratar sobre los seguros

Es conmutativo en cuanto que la prima que paga quien contrata un seguro está suficientemente compensada por la protección y la tranquilidad que recibe.

El contrato de seguro es aleatorio en cuanto que el asegurador y el asegurado, al celebrar el contrato, desconocen si su resultado va a significarles ganancias o pérdidas.

 

 

El contrato se seguro se perfecciona y prueba por medio de documentos privado que se extenderá por duplicado y en el que se harán constar los elementos esenciales. Dicho documento se llama Póliza; ésta debe redactarse en castellano y ser firmada por los contratantes.

Las modificaciones del contrato o póliza, lo mismo que su renovación deben también ser suscritas por los contratantes.

 

 

Toda póliza debe contener los siguientes datos:

  1. El nombre y domicilio del asegurador;
  2. Los nombres y domicilios del solicitante, asegurado y beneficiario:
  3. La calidad en que actúa el solicitante del seguro;
  4. La identificación precisa de la persona o caso con respecto a la cual se contrata el seguro;
  5. La vigencia del contrato; con indicación de las fechas y horas de iniciación y vencimiento, o el modo de determinar unas y otras;
  6. El monto asegurado o el modo de precisarlo;
  7. La prima y el modo de calcularla;
  8. La naturaleza de los riesgos tomados a su cargo por el asegurador;
  9. La fecha en que se celebra el contrato y la firma de los contratantes;
  10. Las demás cláusulas que deben figurar en la póliza de acuerdo con las disposiciones legales;

Los anexos deben indicar la identidad precisa de la póliza a la cual corresponden; y las renovaciones, además, el periodo de ampliación de la vigencia del contrato original.

 

 

Los seguros se clasifican por :

Duración

Corto Plazo: duran menos de 1 año/temporales

Anuales: duran exactamente 1 año

Largo Plazo: duran más de 1 año. Ej Vehículos, préstamos

De la naturaleza del riesgo

Patrimoniales: Aseguran los riesgos de los bienes o del patrimonio.

Personales: Aseguran los riesgos causados por afecciones, pérdidas o daños de la salud de las personas.

Responsabilidad Civil: Pérdidas que sufra el asegurado en virtud de la responsabilidad civil que incurra frente a terceras personas como consecuencia de accidentes producidos en el desarrollo de sus actividades y que ocasionen daños ya sea corporales o materiales.

Combinados: Mezcla cualquiera de los anteriores.

Por número de asegurados

Individuales

Grupales/colectivos: Ejemplo Seguros de Salud

Por la clase de asegurador

Públicos: IESS

Privados: Compañías de Seguros

Por exigencia de contratación

Voluntario: El seguro del vehículo de una persona natural

Obligatorio: SPPAT